El Ministerio de Salud de la Nación reguló recientemente la documentación necesaria para el expendio de medicamentos. Sólo serán válidas las recetas con firmas electrónicas certificadas.
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Comunicado oficial: Aclaraciones sobre la validez de las fotos en las recetas médicas
Este es el comunicado conjunto del Ministerio de Salud, la Superintendencia de Servicios de Salud, el Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina, la Confederación Farmacéutica Argentina, la Asociación de Propietarios de Farmacias Argentinas, la Federación Argentina de Cámaras de Farmacias y la Federación Farmacéutica.
El Ministerio de Salud, la Superintendencia de Servicios de Salud, el Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina, la Confederación Farmacéutica Argentina, la Asociación de Propietarios de Farmacias Argentinas, la Federación Argentina de Cámaras de Farmacias y la Federación Farmacéutica acompañan la Resolución Ministerial 3622/22 y ratifican la importancia de retornar al sistema de recetas previo al Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO), que permite una trazabilidad y seguridad adecuadas de los medicamentos y alienta su uso racional.
De modo excepcional, se había autorizado, mientras durara el ASPO, la utilización de fotos de recetas enviadas por canales digitales (Whatsapp y correo electrónico) para tratamientos crónicos con una validez de siete días, mecanismo sólo aceptable en tiempos de emergencia.
Luego del ASPO, esta resolución dejó de estar vigente, y de hecho en la gran mayoría del territorio nacional y en los distintos subsectores del sistema de salud (obras sociales provinciales, sistema público de salud y algunas obras sociales nacionales y prepagas) ya no se utiliza. La derogación de este mecanismo, aceptado como excepción durante un momento epidemiológico particular, es una medida consensuada con ministros y ministras de las 24 jurisdicciones en el marco del Consejo Federal de Salud.
En tanto, las recetas digitales o electrónicas continúan siendo válidas en todo el territorio nacional, de acuerdo a lo establecido por la Ley 27.553. En este sentido, todas las recetas digitales/electrónicas de PAMI, obras sociales, sector público o empresas de medicina prepaga que se venían utilizando siguen vigentes, exactamente como hasta ahora.
Lo único que queda sin efecto es la posibilidad de presentar una foto de receta médica en las farmacias, excepto para aquellos pacientes con condiciones crónicas y tratamientos prolongados que venían utilizando este mecanismo, en cuyo caso se tomarán como válidas hasta el 28 de febrero de 2023, según lo acordado por los firmantes de este comunicado.
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