“Amplíase la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, el que podrá ser prorrogado en caso de persistir la situación epidemiológica”, sostiene el primer artículo.
El decreto también faculta al Ministerio de Salud como la autoridad de aplicación y le permite “disponer las recomendaciones y medidas a adoptar respecto de la situación epidemiológica, a fin de mitigar el impacto sanitario”; “difundir en medios de comunicación masiva y a través de los espacios publicitarios gratuitos asignados a tal fin en los términos del artículo 76 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522, las medidas sanitarias que se adopten”; “realizar campañas educativas y de difusión para brindar información a la comunidad”; “recomendar restricciones de viajes desde o hacia las zonas afectadas”, entre otras cosas.
La disposición salió luego de que se confirmaran diez nuevos casos, tres de ellos contagiados dentro del territorio argentino. Según informaron, son de Córdoba, ciudad de Buenos Aires, Chaco y la provincia de Buenos Aires.
Siete de los nuevos infectados contrajeron el virus estando de viaje. Y, según precisaron, los otros tres estuvieron en “contacto estrecho” con gente que viajó. Estos últimos tres casos serían los primeros infectados sin haber venido desde el exterior, es decir, los primeros casos en que el contagio fue local y no importado como venía sucediendo.
El ministro de Salud de la Nación, Ginés González García, había dicho que una situación de contacto autóctono se podría dar en el país. “Es un ciclo que inexorablemente va a terminar en circulación local”, había dicho después de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) definió a la enfermedad como una “pandemia”.
Un caso autóctono es un caso que no vino del exterior, que no tuvo contacto con nadie que haya venido del exterior y que no tuvo contacto con ninguno de los enfermos que vino del exterior. Lo que sucede con este tipo de paciente es que no se sabe cómo se contagió.
Otro de los puntos importantes del DNU es la suspensión por 30 días de todos los vuelos internacionales procedentes de los países afectados por el coronavirus: China, Corea del Sur, Japón, Irán, Estados Unidos y todos los países de Europa.
También estableció la cuarentena obligatoria de 14 días para evitar el contagio. Esta será para todos los argentinos que regresen al país desde las zonas afectadas pero también para aquellos extranjeros que lleguen desde esos mismos destinos.
El objetivo es alertar a aquellos extranjeros que planean llegar a la Argentina desde los países mencionados para que finalmente desistan de hacerlo, porque en caso de arribar a suelo argentino deberán cumplir obligatoriamente con la cuarentena dispuesta por el Gobierno. En los casos de China, Irán y Corea del Sur directamente no se les otorgará la visa a quienes la soliciten para viajar a la Argentina.
Además, habilita al Ministerio de Salud a convocar a proveedores del Estado a realizar compras fuera de los plazos previstos por la ley de contrataciones y sin necesidad de licitación previa.